Micelio
Auto17 de julio de 2015

A- de 2015

Ponente Myriam Avila Roldán

Demandante Sala De Seguimiento

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Respuesta y remisión de derechos de petición elevados por ciudadanos víctimas de desplazamiento forzado, acerca del cumplimiento de los efectos inter comunis de la sente
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Sala de Seguimiento ordena la remisión de derechos de petición presentados por varios ciudadanos víctimas de desplazamiento forzado, a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que ésta entidad dé respuesta acerca del cumplimiento de los efectos inter comunis de la sentencia SU254/13 y otros componentes de atención a la población desplazada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. REMITIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, los derechos de peticion que hacen parte del anexo de la presente providencia, a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas para que, en el marco de sus competencias, proceda de conformidad a lo expuesto en los parrafos 4.1. y 4.2. del presente proveido. De igual forma, informese a los peticionarios lo resuelto en el presente auto.
  2. Segundo. REQUERIR a la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas para que, en un termino no superior a los diez (10) dias, contados a partir de la notificacion de esta decision, remita un informe de conformidad a lo dispuesto en los autos 181, 293, 300, 315, 353 y 409 de 2014, 093 de 2015 y en el que de respuesta a las preguntas consignadas en el parrafo 5.2. de la parte considerativa de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.